Ayudas al emprendimiento y la mejora de competitividad de empresas turísticas
Ayudas al emprendimiento y la mejora de competitividad de empresas turísticas – EMET 2022 | Consejería de Turismo, Comercio y Consumo | Gobierno Vasco
OBJETO
Se subvencionarán las actuaciones tendentes apoyar la adecuación, recuperación y relanzamiento de la actividad turística en el contexto de crisis económica y sanitaria generado por el COVID-19 que tengan cabida en las siguientes líneas de ayudas:
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- Emprendimiento para la creación de nuevos negocios turísticos
- Mejora de la competitividad de las empresas turísticas
BENEFICIARIOS
Personas físicas y jurídicas, así como las comunidades de bienes y las sociedades civiles, que cumplan los requisitos legalmente exigibles para el ejercicio de la actividad turística en la Comunidad Autónoma de Euskadi las cuales deberán encuadrarse en alguna de las siguientes tipologías:
a) empresas turísticas de alojamiento.
b) empresas turísticas de mediación.
c) empresas de restauración.
d) empresas de transporte turístico.
e) empresas de turismo activo.
f) empresas profesionales organizadoras de congresos (OPCs).
g) guías de turismo.
h) titulares de las áreas especiales de acogida para autocaravanas.
ACTIVIDAD SUBVENCIONABLE
Serán subvencionables las actuaciones que se realicen durante el ejercicio 2022 que tengan encaje en alguna de las siguientes líneas:
a) Emprendimiento para la creación de nuevos negocios turísticos, cuyas características se desarrollan en el Anexo I.
b) Mejora de la competitividad de las empresas turísticas, cuyas características se desarrollan en el Anexo II, consistentes en:
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- Innovación empresarial y de los servicios turísticos mediante soluciones tecnológicas.
- Mejora y optimización de la oferta turística de las empresas.
- Adecuación de la oferta hacia un turismo seguro, sostenible, responsable y accesible.
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IMPORTE SUBVENCIÓN
1.– La subvención máxima para los proyectos referidos al emprendimiento para la creación de nuevos negocios contenidos el Anexo I, será del 40 % del gasto subvencionable hasta 18.000 euros.
2.– La subvención máxima para los proyectos referidos a la mejora de la competitividad de las empresas turísticas contenidos en el Anexo II, será del 30 % del gasto subvencionable hasta 15.000 euros
PLAZOS PROGRAMA
SOLICITUD: Del 21 de abril al 20 de mayo de 2022, ambos inclusive.
ANEXO I
LÍNEA DE AYUDAS AL EMPRENDIMIENTO PARA LA CREACIÓN DE NUEVOS NEGOCIOS TURÍSTICOS.
1.– El objeto de esta línea es impulsar la creación de nuevos negocios turísticos en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Podrán optar a esta línea las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 4 de la presente Orden, realicen durante el ejercicio 2022 las inversiones necesarias para poner en marcha nuevos negocios turístico, que deberán entrar en funcionamiento con anterioridad a la justificación de la ayuda.
2.– El gasto mínimo subvencionable de esta línea es de 10.000 euros.
3.– Gastos subvencionables que deberán corresponder al ejercicio 2022:
a) Gastos de constitución: registro, notaría, proyectos técnicos.
b) Arrendamiento del local de negocio en el que se desarrolla la actividad turística objeto de ayuda, siempre y cuando no se contemple el derecho a la compra del mismo.
c) Gastos de puesta en marcha: estudios de viabilidad, registro de marcas, diseño de la imagen corporativa, e informe facultativo sobre la accesibilidad del establecimiento.
d) Inversiones en activos fijos necesarios para la creación del negocio turístico siguientes:
– Obras de adecuación de las instalaciones dedicadas exclusivamente al negocio turístico.
– Adquisición del mobiliario y equipamiento dedicado exclusivamente al negocio turístico.
– La adquisición de elementos de transporte, excluidos los de empresa, siempre que la actividad subvencionada se desarrolle en los mismos o resulten imprescindibles para su desarrollo.
e) Adquisición de equipamiento informático para el nuevo negocio turístico.
f) Gastos para la implementación de soluciones tecnológicas para la digitalización del negocio siguientes:
– Digitalizar la gestión del negocio, tales como: computación en la nube, cobro y pago seguro, sistemas de gestión integral del negocio, soluciones avanzadas basadas en procesos de Big Data, soluciones de facturación electrónica (incluido el software para el sistema TicketBAI), gestión de servicios al cliente, gestión de reservas, comandas digitales, caja inteligente de cobros, terminales punto de venta, chatbots, etc.
– Innovar en los procesos de negocio y el desarrollo de actividades de I+D+i, tales como: aplicaciones para dispositivos móviles enfocados a actividades turísticas, o a la gestión del negocio (check-in y check-out, acceso a las habitaciones y/o servicios, etc.); entornos multimedia de tecnologías inmersivas; programas de gamificación orientados a incrementar el conocimiento y disfrute de los recursos y productos turísticos; otros elementos tecnológicos dirigidos a singularizar la oferta y mejorar la experiencia turística.
– Incorporar sistemas de gestión inteligente (domótica) del establecimiento (central de gestión, sensores-detectores, actuadores, soportes de comunicación digitales, etc.) y de automatismos y activadores por proximidad para reducir/eliminar las superficies de contacto del mismo, así como sistemas inteligentes y automatizados de ventilación de espacios comunes/compartidos, y sistemas tecnológicos de control de acceso al mismo (cuenta personas/control de aforos) entre otros para evitar la propagación de virus y bacterias patógenas y aumentar la seguridad del establecimiento.
– Facilitar conectividad inalámbrica de los establecimientos de alojamiento turístico.
g) Comercialización online del negocio turístico. Se aceptarán los gastos necesarios para el desarrollo de páginas web dinámicas, con diseño responsive y geolocalización del establecimiento físico, así como de plataformas para la comercialización y venta directa de los productos y/o servicios.
ANEXO II
LINEA DE AYUDAS A LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS TURÍSTICAS.
1.– El objeto de esta línea es impulsar la mejora de la competitividad de las empresas turísticas mediante: el apoyo a la innovación tecnológica, la mejora y optimización de su oferta turística, así como su adecuación hacia un turismo seguro, sostenible, responsable y accesible.
Podrán optar a esta línea las personas y entidades que acrediten el ejercicio de la actividad turística con anterioridad al año 2022 en el negocio o en el establecimiento para el que solicitan la ayuda.
2.– Se apoyarán en este anexo las actuaciones que tengan por objeto:
2.1.– La innovación empresarial y de los servicios turísticos mediante soluciones tecnológicas.
El gasto mínimo subvencionable de este apartado es de 5.000 euros netos
Serán subvencionable los gastos necesarios para:
2.1.1.– La implantación de soluciones tecnológicas para avanzar en la digitalización de la gestión del negocio, tales como: computación en la nube, cobro y pago seguro, sistemas de gestión integral del negocio, soluciones avanzadas basadas en procesos de Big Data, soluciones de facturación electrónica (incluido el software para el sistema TicketBAI), gestión de servicios al cliente, gestión de reservas, comandas digitales, caja inteligente de cobros, terminales punto de venta, chatbots, etc.
2.1.2.– La innovación en los procesos de negocio y el desarrollo de actividades de I+D+i, tales como: aplicaciones para dispositivos móviles enfocados a actividades turísticas, o a la gestión del negocio (check-in y check-out, acceso a las habitaciones y/o servicios, etc.); entornos multimedia de tecnologías inmersivas, programas de gamificación orientados a incrementar el conocimiento y disfrute de los recursos y productos turísticos; otros elementos tecnológicos dirigidos a singularizar la oferta y mejorar la experiencia turística.
2.1.3.– La incorporación de sistemas de gestión inteligente (domótica) del establecimiento (central de gestión, sensores-detectores, actuadores, soportes de comunicación digitales, etc.) y de automatismos y activadores por proximidad (sensores por microondas, infrarrojos, laser…) para reducir/eliminar las superficies de contacto del mismo, y sistemas tecnológicos de control de acceso al mismo (cuenta personas/control de aforos), entre otros, para evitar la propagación de virus y bacterias patógenas y aumentar la seguridad del establecimiento.
2.1.4.– La conectividad inalámbrica de los establecimientos de alojamiento turístico. Despliegue o mejora de redes inalámbricas de establecimientos de alojamiento turístico, que cubra en torno a un 90 % de la superficie del establecimiento.
2.2.– La mejora y optimización de la oferta turística de las empresas.
El gasto mínimo subvencionable de este apartado es de 5.000 euros netos.
Se apoyarán las actuaciones que tengan por objeto:
2.2.1.– Generar nuevos servicios y/o productos turísticos, distintos a los prestados con anterioridad en el negocio o establecimiento objeto de mejora, que amplíen su oferta mediante la creación de nuevas líneas de negocio, o la diversifiquen mediante la adecuación de la misma a nuevos nichos o micronichos de mercado.
Serán subvencionable los costes de ejecución de las obras de adecuación de las instalaciones, la adquisición de mobiliario y de los equipamientos necesarios para la nueva oferta de producto y/o servicio.
2.2.2.– Mejorar las instalaciones y el equipamiento en establecimientos de restauración o de alojamiento turístico.
– Los costes de ejecución de las obras de adecuación de cocinas al objeto de abrirlas, de forma total o parcial, a la vista de la clientela, de modo que esta pueda observar el proceso de. Se apoyará también la adquisición de equipamiento para la manipulación y elaboración de alimentos ante el público que se realice junto con reforma de la cocina en los términos recogidos en este apartado.
– Las obras de reforma y reacondicionamiento de espacios que conlleven la ampliación de las zonas comunes del establecimiento a fin de compensar la disminución del aforo sufrido.
– La adquisición de mobiliario y equipamiento necesarios para la instalación, modernización y acondicionamiento de terrazas con o sin cerramiento temporal.
– La adquisición de dispensadores o dosificadores de bebidas por copas, así como de sistemas o dispositivos de refrigeración y conservación para tapas o pintxos.
2.3.– Adecuación de la oferta hacia un turismo seguro, sostenible, responsable y accesible.
El gasto mínimo subvencionable de este apartado es de 5.000 euros netos.
Se apoyarán las actuaciones dirigidas a:
2.3.1.– Reducir el impacto de la actividad turística sobre el entorno, a través de:
a) La mejora de la eficiencia energética y energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria, así como la mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas, mediante:
– La sustitución de energía convencional por, entre otras: energía solar térmica, geotérmica, biomasa, aerotermia e hidrotermia, sistemas de ventilación natural y forzada, sistemas de enfriamiento gratuito por aire exterior, sistemas de recuperación de calor y del aire de extracción y aprovechamiento de energías residuales, sistemas que utilicen técnicas evaporativas que reduzcan el consumo de energía de la instalación.
– La implementación de sistemas de control y regulación de equipos y/o instalaciones que ahorren energía, y en particular, de aquellos elementos que permitan el control remoto o el control automático por medios digitales de instalaciones (sistema de control automático de toldos, persianas o cortinas del edificio, sistema de regulación de la climatización; sistemas de control remoto o automático de la programación o puesta en marcha de electrodomésticos, sistemas de detección de apertura y cierre de ventanas, etc.); sistemas de gestión electrónica de suministro de agua caliente sanitaria; válvulas termostáticas mecánicas o electrónicas para la regulación del aporte de calor.
b) La mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación mediante:
– la sustitución de sistemas de iluminación existentes por otros más eficientes;
– la instalación de sistemas y elementos que permitan el control local, remoto o automático por medios digitales de: encendido, apagado y regulación de nivel de iluminación, control automático de toldos, persianas o cortinas, control por presencia por zonas o regulación de iluminación según el aporte de luz natural.
c) La mejora del transporte y movilidad eficiente, siempre que la actividad subvencionada se desarrolle en el mismo, o resulte imprescindible para su desarrollo, o constituya una mejora en los servicios ofrecidos a la clientela, mediante:
– la adquisición de vehículos a motor 100 % eléctrico, y la transformación de vehículos ligeros a gas natural y/o GLP;
– la instalación de puntos de recarga eléctrica y combustibles alternativos; y
– la adquisición de bicicletas y triciclos de pedaleo asistido.
2.3.2.– Incorporar tecnologías específicamente desarrolladas para facilitar la accesibilidad al uso de las instalaciones, servicios, productos y sistemas de comunicación on line ofrecidos por las empresas turísticas.
2.3.3.– Adecuar el ejercicio de la actividad a las recomendaciones sanitarias mediante inversiones en activos fijos que contribuyan a tal fin, tales como: máquinas vaporizadoras, dispositivos de turnos, barreras portátiles, equipos de desinfección, cámaras de medición de la temperatura corporal, esterilizadores, alfombras descontaminantes, etc.
Si necesitáis ayuda en la tramitación de esta subvención nos podéis llamar al teléfono 656 764 775 o también podéis escribirnos un email a subvenciones@thinknnova.com
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