Bateratu 2022
Bateratu 2022 | Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco
OBJETO
La consolidación de empresas que se realice en la CAPV, tras la puesta en marcha de planes de fusión y/o absorción, como consecuencia de la situación económica derivada de la COVID-19, para hacer frente a los efectos de la misma y asegurar su supervivencia impulsando el crecimiento y la mejora de la productividad y competitividad de las empresas resultantes.
BENEFICIARIOS
Grandes Empresas y las Pequeñas y Medianas Empresas que cumplan con la característica de ser empresas industriales, extractivas, productivas, transformadoras y de servicios conexes ligados al producto- proceso industrial, cuyas inversiones objeto de la ayuda se localicen en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
Se consideran subvencionables los siguientes gastos:
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- Los gastos de consultoría para la elaboración del plan de consolidación, fusión y/o absorción, de empresas, así como el plan económico financiero que fundamenta la viabilidad técnica, económica y financiera de la operación.
- Gastos de notaria para la formalización de la operación de consolidación.
- Las inversiones vinculadas a la operación de consolidación fusión y/o absorción.
REQUISITOS
Requisitos:
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- Las empresas deberán de elaborar y presentar un plan de fusión y/o absorción que describa las operaciones a realizar y, en su caso, identifique las inversiones vinculadas al mismo.
- Que los Recursos Propios de la empresa, excluidas las ayudas, alcancen, al menos, el 25% del importe de la inversión considerada subvencionable.
- Las entidades solicitantes deberá fundamentar su viabilidad técnica, económica y financiera de las inversiones, a través del plan económico financiero de la empresa.
- Cuando la operación de fusión y/o absorción se realice mediante compra accionarial, la solicitante deberá contemplar una participación final de, al menos, un 51 % en la empresa adquirida. Además, la participación en la empresa deberá tener carácter novedoso, esto es, se hace por primera vez, quedando excluidas del objeto de esta subvención operaciones de incremento en la participación accionarial en empresas donde previamente ya existiera algún tipo de vinculación accionarial.
IMPORTE SUBVENCIÓN
Las ayudas tendrán un límite máximo que, sumando las cantidades de los porcentajes establecidos para gastos de consultoría e inversiones, en ningún caso podrá superar la cantidad de 500.000,00 euros por empresa.
Respecto a los gastos de consultoría y/o notaria justificados, para las grandes empresas y pymes, el 25 % de los mismos. El coste máximo a considerar como gasto elegible, en relación con estos gastos, se establece en 300.000,00 euros.
Para las inversiones susceptibles de apoyo, el 10 % para las grandes empresas y el 15 % a las PYMEs.
PLAZOS PROGRAMA
Plazo de inicio de Gastos e Inversiones: deben iniciarse a partir del 01 de enero 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2023.
Plazo presentación solicitud: hasta el 06 de mayo de 2022 a las 12:00.
Concesión según el orden de presentación.
Si necesitáis ayuda en la tramitación nos podéis llamar (656 764 775) o escribir a subvenciones@thinknnova.com
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