Smart mobility industry – Anexo III: Innovación tecnológica.
Smart mobility industry – Anexo III: Innovación tecnológica | Diputación Foral de Gipuzkoa
OBJETO
Proyectos de innovación tecnológica dirigidos a la creación de nuevos productos o procesos productivos, o a su mejora significativa, alineados con los ámbitos definidos por la estrategia MUBIL con la nueva movilidad, entendida como electromovilidad, infraestructura de carga y conducción autónoma.
BENEFICIARIOS
a) las empresas que desarrollan su actividad en Gipuzkoa, siempre que los resultados del proyecto a apoyar sean de aplicación directa a estas instalaciones, pudiendo presentarse tanto de forma individual como en colaboración con otras. En el caso de optar por presentarse en colaboración, cada empresa deberá tener al menos una participación del 20% en el proyecto.
b) entidades sin ánimo de lucro implantadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, siempre que se presenten en colaboración y su participación en el proyecto no supere el 40% del mismo.
ACTIVIDAD SUBVENCIONABLE
a) los costes de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
b) los costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
c) los costes de consultoría y servicios equivalentes.
d) los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, que se deriven directamente del proyecto; estos gastos no podrán superar el 20% del coste del personal interno implicado en el proyecto.
-El desarrollo experimental podrá comprender la creación de prototipos, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados.
-El desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando esas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.
IMPORTE SUBVENCION
La intensidad de la ayuda para cada beneficiario no excederá del 25% de los costes subvencionables.
Las intensidades de ayuda podrán aumentarse hasta un máximo del 60% de los costes subvencionables si:
a) medianas empresas: 10 puntos porcentuales; pequeñas empresas: 20 puntos porcentuales.
b) colaboración efectiva: 15 puntos porcentuales.
Cuantía máxima de subvención:
-Proyectos individuales: 60.000 €.
-Proyectos en colaboración: 80.000 € con un máximo de 40.000 € por empresa sin que ninguna de ellas pueda tener una participación en el proyecto inferior al 20%.
PLAZOS PROGRAMA
SOLICITUD: Del 6 de abril al 11 de mayo de 2022, ambos inclusive.
Si necesitáis ayuda en la tramitación nos podéis llamar (656 764 775) o escribir a subvenciones@thinknnova.com
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